A través de este trámite el o la interesado/a puede solicitar prórrogas sobre el plazo ejecución de obras que esté llevando a cabo.
La prórroga supone la ampliación o aplazamiento de alguno de los plazos o tiempos impuestos en las licencias urbanísticas, respecto al inicio, interrupción o finalización de las mismas.
El promotor podrá instar prórroga de plazo, en los términos previstos en las condiciones generales de la licencia o aprobación del proyecto, siempre y cuando el plazo no supere el previsto en el instrumento de planeamiento.
Quedarán sin efecto las licencias si se incumplieren las condiciones a que estuvieren subordinadas, no pudiéndose en tal caso reconocer la prórroga que se solicite.
Tampoco se reconocerá la prórroga si, antes de dar inicio a las obras, hubieren desaparecido las circunstancias que motivaron el otorgamiento de la licencia original, o si han sobrevenido otras nuevas que, de haber existido a la sazón, habrían justificado su denegación.
Este trámite está dirigido a personas físicas titulares de licencia de obra que no hubieren dado inicio a las obras o terminado su ejecución, en el plazo originalmente concedido.